El Congreso aprueba las reglas para ejercer la consulta popular
Aprobada la Ley Federal de #ConsultaPopular
una legislación que será, de acuerdo a expertos, inoperante para los
ciudadanos, por todos los requisitos y "revisiones" que exige.
Después de tres meses de discusiones entre los tres principales
partidos, el Congreso de México aprobó este jueves la Ley Federal de
Consulta Popular, que abre la posibilidad de que los ciudadanos opinen
sobre temas que consideren "de trascendencia nacional".
El documento fue enviado al presidente Enrique Peña Nieto para que lo
promulgue, tras recibir el aval de ambas cámaras. El visto bueno
definitivo se dio en la Cámara de Diputados por 333 votos a favor, 54 en
contra y cuatro abstenciones.
La aprobación de la norma era una exigencia del Partido de la
Revolución Democrática (PRD), de izquierda, que busca someter a consulta
la reforma energética que impulsó en 2013 el gobernante Partido
Revolucionario Institucional (PRI), aliado con el Partido Acción
Nacional (PAN).
En diciembre, una primera versión de la ley fue aprobada en la Cámara de Diputados, pero legisladores del PRD acusaron que se habían incluido límites que impedirían hacer consultas sobre reformas constitucionales, como es el caso de la reforma energética.
La discusión llegó entonces al Senado, que el 27 de febrero —tras
largas negociaciones entre las bancadas— aprobó el documento con cambios
y lo regresó a la Cámara de Diputados, donde este jueves recibió el
aval definitivo.
La ley señala que todos los temas "de trascendencia nacional" podrán
ser sometidos a consulta, salvo seis excepciones: los derechos humanos;
la composición del país como una República representativa, democrática,
laica y federal; la legislación electoral; la organización de las
Fuerzas Armadas; la seguridad nacional, y los ingresos y gastos del
Estado.
Para el PRI y algunos legisladores del PAN, esa última restricción
impide que la reforma energética se someta a consulta, pues está
relacionada con el erario público. En contraste, el PRD afirma que en
principio no existe esa limitación y que tendrá que ser la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) la que determine si el tema es
procedente o no.
La ley establece que las consultas podrán ser solicitadas por el
presidente, una tercera parte de los integrantes de alguna cámara
legislativa y al menos el 2% del electorado (alrededor de 1 millón
600,000 ciudadanos).
En todos los casos, la solicitud tendrá que ser analizada por la
SCJN, que determinará si el tema es constitucional o no. Además, para el
caso de las consultas planteadas por el presidente o por legisladores,
se requerirá la aprobación de las cámaras.
Las consultas que sean declaradas procedentes se realizarán durante
las jornadas de elecciones federales —cada tres años— y serán
organizadas por el Instituto Federal Electoral (IFE), que este año será
sustituido por el Instituto Nacional Electoral (INE). Sus resultados
serán vinculantes cuando en ellas participe al menos el 40% de los
electores (unos 30 millones de personas).
El periodo para presentar solicitudes de consulta comprenderá del 1
de septiembre del segundo año de ejercicio de una Legislatura al 15 de
septiembre de su último año de ejercicio. Esto significa que si la
izquierda quiere pedir que se consulte la reforma energética, la fecha
límite para que haga su solicitud es el 15 de septiembre de este año, 10
meses antes de los comicios federales de 2015.
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